Campaña de desbroce preventivo antes del periodo estival
Por La Plaza de Sanse
El Ayuntamiento informa a los titulares de parcelas sin edificar en suelo urbano, de la obligación de revisar y mantener, en adecuadas condiciones, la vegetación existente en las mismas, debiendo proceder, en su caso, a su desbroce preventivo con carácter previo al inicio del periodo estival.

Los propietarios de terrenos, construcciones y edificaciones están obligados a mantenerlos en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 y concordantes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, se requiere de la colaboración de los propietarios para que, si procede, se desbroce la parcela de la que es titular y traslade a un gestor autorizado los restos vegetales, de matorral y demás residuos procedentes de las labores de desbroce, evitando su acumulación o dispersión, especialmente en la vía pública o espacios colindantes.

Se advierte expresamente que el incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley podrá dar lugar a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, sin perjuicio de la adopción de las medidas de ejecución subsidiaria u otras actuaciones que resulten necesarias para la minimización de los riesgos inherentes a esta problemática.

El Ayuntameinto le agradece de antemano su colaboración en el cumplimiento de estas medidas, esenciales para la prevención de incendios y la seguridad colectiva de nuestra ciudad

La Plaza de Sanse

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